PROPUESTA
A lo largo de todo el documento se
hacen correcciones ortográficas, tales como tildes, signos de puntuación
faltantes y palabras redundantes, uso de mayúsculas, minúsculas,
contracciones faltantes.
Pej: PARQUEADERO VISITANTES, se
cambia por PARQUEADERO DE VISITANTES
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CAPITULO I
DE LA CONVIVENCIA EN GENERAL
PROHIBICIONES
Con el propósito de lograr los objetivos generales, a continuación se
relacionan los actos que DEBEN EVITARSE Y QUE SE ENCUENTRAN PROHIBIDOS.
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PROPUESTA
Con el
propósito de lograr los objetivos generales, a continuación se relacionan los
actos que DEBEN EVITARSE Y QUE SE ENCUENTRAN PROHIBIDOS.
Cuando en este capítulo se hace
referencia a autorizaciones especiales concedidas por parte del Consejo de
Administración, las mismas sólo tendrán validez si han sido aprobadas
mediante votación en reunión ordinaria o extraordinaria del Consejo de
Administración, con la verificación del quórum reglamentario en dichas
reuniones.
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CAPÍTULO VI
BASURAS
1.
Los
residentes clasificarán y depositarán la basura en bolsas plásticas
cerradas por el shut de basuras. con un diámetro menor al ducto para
evitar que se obstaculice
2.
No arrojar
al shut de basuras objetos muy grandes que lo obstaculicen.
3.
Informar a
la portería cuando este obstruido el shut para que se proceda a
desatrancarlo.
4.
Las cajas
de cartón, cartones, icopor, madera, plásticos, botellas, envases de vidrio y
periódico deberán ser bajadas directamente y depositadas de basuras
respectivos de cada torre. No dejarlas botadas en los puntos fijos o sótanos.
5.
Se prohíbe
botar basuras en las zonas comunes y/o dejarlas frente a la puerta de cada
apartamento, salida de ascensores y/o parqueaderos.
6.
No se
permite sacar bolsas o talegos de basura derramando líquidos que perjudican
el aseo en corredores, escaleras y ascensores.
7.
Esta
totalmente prohibido el arrojar escombros producidos por
remodelación o adecuación de apartamentos por el shut ya que pueden dañar el
ducto.
8.
Esta
totalmente prohibido bajar a los cuartos de basuras los escombros
producidos por remodelación o adecuación de apartamentos, estos tendrán que
ser retirados del conjunto por el propietario del apartamento.
9.
Prohibido arrojar basuras
entre las 9 p.m. y 6 a.m.
10.
Las
basuras no podrán ser depositadas en lugares distintos al shut de
basuras y cuartos diseñados para tal fin
11.
No Arrojar al shut de basuras objetos
muy grandes que los obstaculicen como las cajas de cartón,
plásticos, botellas y cartones, estos deberán ser bajados directamente a los
cuartos de basuras ubicados en el sótano 1 de cada torre
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PROPUESTA
1. 1 Los residentes deben clasificar las basuras en
bolsas plásticas como lo establece la reglamentación vigente en al Distrito
Capital de Bogotá, y depositarán la basura en bolsas plásticas negras
para material orgánico o blancas para material reciclable como se indica a
continuación. Las bolsas deben ir cerradas, se pueden depositar a través del
shut de basuras, siempre y cuando tengan un diámetro menor al del ducto, a
fin de evitar que se obstaculice.
Con relación a la separación de las basuras en la fuente,
es decir, en cada apartamento, el Acuerdo
417 de diciembre 17 2009, "Por medio del cual se reglamenta el
comparendo ambiental en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones", y el Acuerdo Acuerdo 515 de
diciembre 24 de 2012, que lo modifica, determinan entre otros mandatos las
siguientes:
Infracciones: Artículo
4. De las infracciones. Son infracciones en contra
de las normas ambientales de aseo, las siguientes (18). No disponer separadamente para su
recolección, los residuos reciclables de los no reciclables.
Sanciones: Artículo 5. Las sanciones por imponerse mediante Comparendo Ambiental serán
las siguientes:
(1) Citación al infractor para que reciba
educación ambiental, durante cuatro (4) horas por parte de funcionarios
pertenecientes a la entidad relacionada con el tipo de infracción cometida,
de conformidad con lo previsto en el Decreto Reglamentario que expida el
Alcalde Mayor para tal efecto
(4) Multa de hasta veinte (20) salarios
mínimos mensuales vigentes por cada infracción...…, este monto depende de la
gravedad de la falta, sin embargo, nunca será inferior a cinco (5) salarios
mínimos mensuales legales vigentes; en los términos previstos en el Decreto
Reglamentario que expida el Alcalde Mayor para tal efecto.
El
texto completo de estos documentos se puede consultar en las siguientes
páginas:
Por lo expuesto y para dar cumplimiento a la reglamentación, la
Administración dispondrá en la recepción del Conjunto, la existencia de
bolsas negras y blancas para la venta, a fin de que los residentes puedan
hacer la separación de los residuos en estas bolsas antes de dejarlos en el
shut de basuras.
2. 2 No se
debe arrojar al shut de basuras objetos muy grandes que lo obstaculicen.
3. 3 Informar
a la portería cuando esté obstruido el shut, para que se proceda a
desatrancarlo.
4. 4 Las
cajas de cartón, cartones, icopor, madera, plásticos, botellas, envases de
vidrio y periódico deberán ser bajadas directamente y depositadas de
basuras respectivos de cada torre. No dejarlas botadas en los puntos fijos o
sótanos.
5. 5 Se prohíbe botar basuras en las zonas comunes
y/o dejarlas frente a la puerta de cada apartamento, salida de ascensores y/o
parqueaderos.
6. 6 No se
permite sacar bolsas o talegos de basura derramando líquidos que perjudican
el aseo en corredores, escaleras y ascensores.
7. 7 Está prohibido
arrojar escombros producidos por remodelación o adecuación de
apartamentos por el shut ya que pueden dañar el ducto.
8. 8 Está prohibido
bajar a los cuartos de basuras los escombros producidos por
remodelación o adecuación de apartamentos, estos tendrán que ser retirados
del Conjunto por el propietario del apartamento.
9. 9 Está prohibido
arrojar basuras entre las 9 p.m. y 6 a.m.
10 Las
basuras no podrán ser depositadas en lugares distintos al shut de
basuras y cuartos diseñados para tal fin.
11 No Arrojar al shut de basuras objetos
muy grandes que los obstaculicen, tales como las cajas de
cartón, plásticos, botellas y cartones, estos deberán ser bajados
directamente a los cuartos de basuras ubicados en el sótano 1 de cada torre
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REGLAMENTACIÓN GIMNASIO
REGLAMENTACIÓN
GIMNASIO.
1. Para ingresar al Gimnasio se procederá a diligenciar la planilla de
registro que se encuentra en recepción, con los datos completos y
se deja constancia que esta de acuerdo y declara: “Declaro que estoy afiliado
a una EPS y bajo mi responsabilidad utilizo las instalaciones y aparatos del
gimnasio así mismo exonero al conjunto y a la administración por
lesiones que yo me pueda ocasionar”. Se recomienda que el usuario se haga una
valoración médica para el uso del gimnasio. Igualmente se sugiere hacer un adecuado
calentamiento y estiramientos antes de iniciar las rutinas de ejercicio.
2. El vigilante recorredor será la persona encargada de abrir el
gimnasio y el ultimo usuario informara a la recepción, apagar las luces y dejarlo
debidamente cerrado.
3. El gimnasio estará disponible en el horario de 5:00 AM a 11:00 PM para
residentes o invitados mayores de 15 años, con prelación de los
residentes sobre el uso de los equipos.
4. Los daños a los equipos del gimnasio tendrán que ser sufragados por la
persona que los ocasione, las maquinas deben ser utilizadas para el uso que
fueron diseñadas, debe dejar las maquinas limpias después de cada ejercicio,
con las toallas y spray.
5. Las máquinas caminadoras-trotadoras no se pueden utilizar por más de
30 minutos consecutivos y hay la necesidad dejar enfriar los motores por lo
menos 20 minutos según el proveedor.
6. Respecto a los objetos personales, toallas y sudaderas la
administración no se hace responsable por la perdida de estos.
7. Está absolutamente prohibido el ingreso de mascotas al gimnasio.
8. Está absolutamente prohibido el ingreso y/o consumo de alimentos,
bebidas alcohólicas y sustancias alucinógenas dentro del gimnasio así
como el ingreso de personas en estado de embriaguez.
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PROPUESTA
REGLAMENTACIÓN DEL
GIMNASIO
REGLAMENTACIÓN PARA
EL USO DE LAS MÁQUINAS ELÍPTICAS
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CAPÍTULO IX,
PARQUEADERO DE RESIDENTES
PARQUEADERO DE VISITANTES
PROPUESTA
CAPÍTULO IX
(ADICIONAR)
USO DEL
BICICLETERO
Los
residentes podrán hacer uso del bicicletero siempre y cuando acojan las siguientes
recomendaciones.
1. 1. Toda bicicleta que se vaya a dejar en el
bicicletero debe identificarse con una ficha plástica que cuenta con un
número. Este sistema constituye la identificación y registro de la bicicleta
ante la Administración del Conjunto. Al momento del registro, la Administración
le hará entrega de una ficha plástica, un amarre plástico y un llavero con el
mismo número de identificación de la ficha.
2. 2. Es responsabilidad del residente colocar la
respectiva ficha a su bicicleta.
3. 3. Las bicicletas deben ser dejadas con su
respectiva guaya o candado, a fin de prevenir el hurto.
4. 4. El dueño de la bicicleta es el responsable de
mantenerla en buenas condiciones y limpia, evitando todo estado de abandono
de la misma
5. 5. Al retirar la bicicleta del Conjunto, el
Residente debe entregar al guarda del parqueadero el llavero asociado a la
ficha. Una vez que vaya a reingresar la bicicleta, el guarda le devolverá el
respectivo llavero. Este es el sistema implementado para prevenir el hurto de
las bicicletas.
A partir
del 01 de julio de 2014, la Administración del Conjunto podrá disponer de
aquellas bicicletas que se encuentren en el bicicletero sin la respectiva
ficha de identificación, a fin de donarlas a instituciones que puedan hacer
uso de ellas de manera útil.
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MULTAS (Actual)
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Infracción por :
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Multa
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# Salarios
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No recoger suciedad de mascota
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S.M.L.V. Diario
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4 CUATRO
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Extender ropa en balcones y terrazas
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S.M.L.V. Diario
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5 CINCO
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Tener desorden y objetos no permitidos en la terraza
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S.M.L.V. Diario
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5 CINCO
|
Lavado de carro en el parqueadero, y hacer mecánica
|
S.M.L.V. Diario
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5 CINCO
|
Perturbar la tranquilidad y descanso de los residentes en la
sede social y en zonas comunes y apartamentos a partir de la 10 pm
|
S.M.L.V. Diario
|
10 DIEZ
|
Utilizar los parqueaderos de visitantes por parte de los
residentes
|
S.M.L.V. Diario x día
|
2 DOS
|
Bodegaje por colocar objetos en el parqueadero
|
S.M.L.V. Diario x día
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1 UNO
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Situación que se presente y sea reportada a la administración por los
afectados, y consignada en la minuta de vigilancia, con relación al mal
manejo de las mascotas.
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S.M.L.V. Diario x cada evento registrado
|
1 UNO
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PROPUESTA
Adicionar las siguientes multas
Infracción por :
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Multa
|
# Salarios
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Situación que se presente y sea reportada por la administración, por
los afectados, o por los residentes, y consignada en la minuta de vigilancia,
con relación a daños sobre elementos de la copropiedad, hechos de vandalismo
en áreas comunes o en apartamentos
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S.M.L.V. Diario + el costo de las reparaciones a que haya lugar
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5 CINCO
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El no cumplimiento de la separación de los residuos sólidos en la
fuente por parte de los copropietarios y residentes. Situación que se
presente y sea reportada por la administración, por los afectados, o por los
residentes, y consignada en la minuta de vigilancia.
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S.M.L.V. Diario por cada evento registrado
|
5 CINCO
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