PROPUESTA
A lo largo de todo el documento se
  hacen correcciones ortográficas, tales como tildes, signos de puntuación
  faltantes y palabras redundantes, uso de mayúsculas, minúsculas,
  contracciones faltantes.  
Pej: PARQUEADERO VISITANTES, se
  cambia por PARQUEADERO DE VISITANTES 
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CAPITULO I
DE LA CONVIVENCIA EN GENERAL
PROHIBICIONES
Con el propósito de lograr los objetivos generales, a continuación se
  relacionan los actos que DEBEN EVITARSE Y QUE SE ENCUENTRAN PROHIBIDOS. 
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PROPUESTA
Con el
  propósito de lograr los objetivos generales, a continuación se relacionan los
  actos que DEBEN EVITARSE Y QUE SE ENCUENTRAN PROHIBIDOS. 
Cuando en este capítulo se hace
  referencia a autorizaciones especiales concedidas por parte del Consejo de
  Administración, las mismas sólo tendrán validez si han sido aprobadas
  mediante votación en reunión ordinaria o extraordinaria del Consejo de
  Administración, con la verificación del quórum reglamentario en dichas
  reuniones. 
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CAPÍTULO VI
BASURAS
1.           
  Los
  residentes clasificarán y depositarán la basura en bolsas plásticas
  cerradas por el shut de basuras. con un diámetro menor al ducto para
  evitar que se obstaculice 
2.           
  No arrojar
  al shut de basuras objetos muy grandes que lo obstaculicen. 
3.           
  Informar a
  la portería cuando este obstruido el shut  para que se proceda a
  desatrancarlo. 
4.           
  Las cajas
  de cartón, cartones, icopor, madera, plásticos, botellas, envases de vidrio y
  periódico deberán ser bajadas directamente y depositadas  de basuras
  respectivos de cada torre. No dejarlas botadas en los puntos fijos o sótanos. 
5.           
  Se prohíbe
  botar basuras en las zonas comunes y/o dejarlas frente a la puerta de cada
  apartamento, salida de ascensores y/o parqueaderos. 
6.           
  No se
  permite sacar bolsas o talegos de basura derramando líquidos que perjudican
  el aseo en corredores, escaleras y ascensores. 
7.           
  Esta
  totalmente prohibido el  arrojar escombros  producidos por
  remodelación o adecuación de apartamentos por el shut ya que pueden dañar el
  ducto. 
8.           
  Esta
  totalmente prohibido bajar  a los cuartos de basuras los escombros 
  producidos por remodelación o adecuación de apartamentos, estos tendrán que
  ser retirados del conjunto por el propietario del apartamento. 
9.           
  Prohibido arrojar basuras
  entre las  9 p.m. y  6 a.m. 
10.         
   Las
  basuras no podrán ser depositadas en lugares distintos al shut de
  basuras  y cuartos diseñados para tal fin 
11.         
  No Arrojar al shut de basuras objetos 
  muy grandes  que  los obstaculicen como  las cajas de cartón,
  plásticos, botellas y cartones, estos deberán ser bajados directamente a los
  cuartos de basuras ubicados en el sótano 1 de cada torre 
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PROPUESTA
1.   1 Los residentes deben clasificar las basuras en
  bolsas plásticas como lo establece la reglamentación vigente en al Distrito
  Capital de Bogotá, y depositarán la basura en bolsas plásticas negras
  para material orgánico o blancas para material reciclable como se indica a
  continuación. Las bolsas deben ir cerradas, se pueden depositar a través del
  shut de basuras, siempre y cuando tengan un diámetro menor al del ducto, a
  fin de evitar que se obstaculice. 
Con relación a la separación de las basuras en la fuente,
  es decir, en cada apartamento, el Acuerdo
  417 de diciembre 17 2009, "Por medio del cual se reglamenta el
  comparendo ambiental en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones", y el Acuerdo Acuerdo 515 de
  diciembre 24 de 2012, que lo modifica, determinan entre otros mandatos las
  siguientes: 
Infracciones: Artículo
  4. De las infracciones. Son infracciones en contra
  de las normas ambientales de aseo, las siguientes (18). No disponer separadamente para su
  recolección, los residuos reciclables de los no reciclables. 
Sanciones: Artículo 5. Las sanciones por imponerse mediante Comparendo Ambiental serán
  las siguientes: 
(1) Citación al infractor para que reciba
  educación ambiental, durante cuatro (4) horas por parte de funcionarios
  pertenecientes a la entidad relacionada con el tipo de infracción cometida,
  de conformidad con lo previsto en el Decreto Reglamentario que expida el
  Alcalde Mayor para tal efecto 
(4) Multa de hasta veinte (20) salarios
  mínimos mensuales vigentes por cada infracción...…, este monto depende de la
  gravedad de la falta, sin embargo, nunca será inferior a cinco (5) salarios
  mínimos mensuales legales vigentes; en los términos previstos en el Decreto
  Reglamentario que expida el Alcalde Mayor para tal efecto. 
El
  texto completo de estos documentos se puede consultar en las siguientes
  páginas: 
Por lo expuesto y para dar cumplimiento a la reglamentación, la
  Administración dispondrá en la recepción del Conjunto, la existencia de
  bolsas negras y blancas para la venta, a fin de que los residentes puedan
  hacer la separación de los residuos en estas bolsas antes de dejarlos en el
  shut de basuras. 
2.   2  No se
  debe arrojar al shut de basuras objetos muy grandes que lo obstaculicen. 
3.   3  Informar
  a la portería cuando esté obstruido el shut, para que se proceda a
  desatrancarlo. 
4.   4  Las
  cajas de cartón, cartones, icopor, madera, plásticos, botellas, envases de
  vidrio y periódico deberán ser bajadas directamente y depositadas  de
  basuras respectivos de cada torre. No dejarlas botadas en los puntos fijos o
  sótanos. 
5.   5 Se prohíbe botar basuras en las zonas comunes
  y/o dejarlas frente a la puerta de cada apartamento, salida de ascensores y/o
  parqueaderos. 
6.   6  No se
  permite sacar bolsas o talegos de basura derramando líquidos que perjudican
  el aseo en corredores, escaleras y ascensores. 
7.   7  Está prohibido
  arrojar escombros producidos por remodelación o adecuación de
  apartamentos por el shut ya que pueden dañar el ducto. 
8.   8  Está prohibido
  bajar a los cuartos de basuras los escombros  producidos por
  remodelación o adecuación de apartamentos, estos tendrán que ser retirados
  del Conjunto por el propietario del apartamento. 
9.   9  Está prohibido
  arrojar basuras entre las  9 p.m. y  6 a.m. 
10 Las
  basuras no podrán ser depositadas en lugares distintos al shut de
  basuras  y cuartos diseñados para tal fin. 
11  No Arrojar al shut de basuras objetos 
  muy grandes  que  los obstaculicen, tales como  las cajas de
  cartón, plásticos, botellas y cartones, estos deberán ser bajados
  directamente a los cuartos de basuras ubicados en el sótano 1 de cada torre 
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REGLAMENTACIÓN GIMNASIO
REGLAMENTACIÓN
  GIMNASIO. 
1.       Para ingresar al Gimnasio se procederá a diligenciar la planilla de
  registro  que se encuentra en recepción, con los datos completos y 
  se deja constancia que esta de acuerdo y declara: “Declaro que estoy afiliado
  a una EPS y bajo mi responsabilidad utilizo las instalaciones y aparatos del
  gimnasio así mismo exonero al conjunto y a la administración por 
  lesiones que yo me pueda ocasionar”. Se recomienda que el usuario se haga una
  valoración médica para el uso del gimnasio. Igualmente se sugiere hacer un adecuado
  calentamiento y estiramientos antes de iniciar las rutinas de ejercicio. 
2.        El vigilante recorredor será la persona encargada de abrir el
  gimnasio y el ultimo usuario  informara a la recepción, apagar las luces y dejarlo
  debidamente cerrado. 
3.       El gimnasio estará disponible en el horario de 5:00 AM a 11:00 PM para
  residentes o invitados mayores de 15 años, con prelación de los
  residentes  sobre el uso de los equipos. 
4.       Los daños a los equipos del gimnasio tendrán que ser sufragados por la
  persona que los ocasione, las maquinas deben ser utilizadas para el uso que
  fueron diseñadas, debe dejar las maquinas limpias después de cada ejercicio,
  con las toallas y spray. 
5.       Las máquinas caminadoras-trotadoras no se pueden utilizar por más de
  30 minutos consecutivos y hay la necesidad dejar enfriar los motores por lo
  menos 20 minutos según el proveedor. 
6.       Respecto a los objetos personales, toallas y sudaderas la
  administración no se hace responsable por la perdida de estos. 
7.       Está absolutamente prohibido el ingreso de mascotas al gimnasio. 
8.       Está absolutamente prohibido el ingreso y/o consumo de alimentos,
  bebidas alcohólicas y  sustancias alucinógenas dentro del gimnasio así
  como el ingreso de personas en estado de embriaguez. 
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PROPUESTA
REGLAMENTACIÓN DEL
  GIMNASIO 
 
REGLAMENTACIÓN PARA
  EL USO DE LAS MÁQUINAS ELÍPTICAS 
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CAPÍTULO IX,
PARQUEADERO DE RESIDENTES
PARQUEADERO DE VISITANTES
PROPUESTA
CAPÍTULO IX 
(ADICIONAR)  
USO DEL
  BICICLETERO 
Los
  residentes podrán hacer uso del bicicletero siempre y cuando acojan las siguientes
  recomendaciones. 
1.     1. Toda bicicleta que se vaya a dejar en el
  bicicletero debe identificarse con una ficha plástica que cuenta con un
  número. Este sistema constituye la identificación y registro de la bicicleta
  ante la Administración del Conjunto. Al momento del registro, la Administración
  le hará entrega de una ficha plástica, un amarre plástico y un llavero con el
  mismo número de identificación de la ficha. 
2.     2. Es responsabilidad del residente colocar la
  respectiva ficha a su bicicleta. 
3.     3. Las bicicletas deben ser dejadas con su
  respectiva guaya o candado, a fin de prevenir el hurto. 
4.     4. El dueño de la bicicleta es el responsable de
  mantenerla en buenas condiciones y limpia, evitando todo estado de abandono
  de la misma 
5.     5. Al retirar la bicicleta del Conjunto, el
  Residente debe entregar al guarda del parqueadero el llavero asociado a la
  ficha. Una vez que vaya a reingresar la bicicleta, el guarda le devolverá el
  respectivo llavero. Este es el sistema implementado para prevenir el hurto de
  las bicicletas. 
A partir
  del 01 de julio de 2014, la Administración del Conjunto podrá disponer de
  aquellas bicicletas que se encuentren en el bicicletero sin la respectiva
  ficha de identificación, a fin de donarlas a instituciones que puedan hacer
  uso de ellas de manera útil. 
 | 
 
MULTAS (Actual) 
 | 
 ||
Infracción por : 
 | 
  
Multa 
 | 
  
 # Salarios 
 | 
 
No recoger suciedad de mascota 
 | 
  
S.M.L.V. Diario 
 | 
  
4  CUATRO 
 | 
 
Extender ropa en balcones y terrazas 
 | 
  
S.M.L.V. Diario 
 | 
  
5  CINCO 
 | 
 
Tener desorden y objetos no permitidos en la terraza 
 | 
  
S.M.L.V. Diario 
 | 
  
5  CINCO 
 | 
 
Lavado de carro en el parqueadero, y hacer mecánica 
 | 
  
S.M.L.V. Diario 
 | 
  
5  CINCO 
 | 
 
Perturbar la tranquilidad y descanso de los residentes en la
  sede  social y en zonas comunes y apartamentos a partir de la 10 pm 
 | 
  
S.M.L.V. Diario 
 | 
  
10 DIEZ 
 | 
 
Utilizar  los  parqueaderos de visitantes por parte de los
  residentes 
 | 
  
S.M.L.V. Diario x día 
 | 
  
2  DOS 
 | 
 
Bodegaje por colocar objetos en el parqueadero 
 | 
  
S.M.L.V. Diario x día 
 | 
  
1  UNO 
 | 
 
Situación que se presente y sea reportada a la administración por los
  afectados, y consignada en la minuta de vigilancia, con relación al mal
  manejo de las mascotas. 
 | 
  
S.M.L.V. Diario x cada evento registrado 
 | 
  
1 UNO 
 | 
 
PROPUESTA
Adicionar las siguientes multas
Infracción por : 
 | 
  
Multa 
 | 
  
 # Salarios 
 | 
 
Situación que se presente y sea reportada por la administración, por
  los afectados, o por los residentes, y consignada en la minuta de vigilancia,
  con relación a daños sobre elementos de la copropiedad, hechos de vandalismo
  en áreas comunes o en apartamentos 
 | 
  
S.M.L.V. Diario + el costo de las reparaciones a que haya lugar 
 | 
  
5  CINCO 
 | 
 
El no cumplimiento de la separación de los residuos sólidos en la
  fuente por parte de los copropietarios y residentes. Situación que se
  presente y sea reportada por la administración, por los afectados, o por los
  residentes, y consignada en la minuta de vigilancia. 
 | 
  
S.M.L.V. Diario por cada evento registrado 
 | 
  
5  CINCO 
 | 
 

El texto completo del Manual de Convivencia, se encuentra publicado en este blog. Favor verificar entrada de marzo de 2013
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