Propuesta de cambio en el Manual de Convivencia, para aprobación de la Asamblea Ordinaria de Copropietarios, del 16 de marzo de 2014



PROPUESTA


A lo largo de todo el documento se hacen correcciones ortográficas, tales como tildes, signos de puntuación faltantes y palabras redundantes, uso de mayúsculas, minúsculas, contracciones faltantes.
Pej: PARQUEADERO VISITANTES, se cambia por PARQUEADERO DE VISITANTES


CAPITULO I
DE LA CONVIVENCIA EN GENERAL
PROHIBICIONES


Con el propósito de lograr los objetivos generales, a continuación se relacionan los actos que DEBEN EVITARSE Y QUE SE ENCUENTRAN PROHIBIDOS.


PROPUESTA


Con el propósito de lograr los objetivos generales, a continuación se relacionan los actos que DEBEN EVITARSE Y QUE SE ENCUENTRAN PROHIBIDOS.

Cuando en este capítulo se hace referencia a autorizaciones especiales concedidas por parte del Consejo de Administración, las mismas sólo tendrán validez si han sido aprobadas mediante votación en reunión ordinaria o extraordinaria del Consejo de Administración, con la verificación del quórum reglamentario en dichas reuniones.


CAPÍTULO VI
BASURAS


1.            Los residentes clasificarán y depositarán la basura en bolsas plásticas cerradas por el shut de basuras. con un diámetro menor al ducto para evitar que se obstaculice
2.            No arrojar al shut de basuras objetos muy grandes que lo obstaculicen.
3.            Informar a la portería cuando este obstruido el shut  para que se proceda a desatrancarlo.
4.            Las cajas de cartón, cartones, icopor, madera, plásticos, botellas, envases de vidrio y periódico deberán ser bajadas directamente y depositadas  de basuras respectivos de cada torre. No dejarlas botadas en los puntos fijos o sótanos.
5.            Se prohíbe botar basuras en las zonas comunes y/o dejarlas frente a la puerta de cada apartamento, salida de ascensores y/o parqueaderos.
6.            No se permite sacar bolsas o talegos de basura derramando líquidos que perjudican el aseo en corredores, escaleras y ascensores.
7.            Esta totalmente prohibido el  arrojar escombros  producidos por remodelación o adecuación de apartamentos por el shut ya que pueden dañar el ducto.
8.            Esta totalmente prohibido bajar  a los cuartos de basuras los escombros  producidos por remodelación o adecuación de apartamentos, estos tendrán que ser retirados del conjunto por el propietario del apartamento.
9.            Prohibido arrojar basuras entre las  9 p.m. y  6 a.m.
10.           Las basuras no podrán ser depositadas en lugares distintos al shut de basuras  y cuartos diseñados para tal fin
11.          No Arrojar al shut de basuras objetos  muy grandes  que  los obstaculicen como  las cajas de cartón, plásticos, botellas y cartones, estos deberán ser bajados directamente a los cuartos de basuras ubicados en el sótano 1 de cada torre



PROPUESTA



1.   1 Los residentes deben clasificar las basuras en bolsas plásticas como lo establece la reglamentación vigente en al Distrito Capital de Bogotá, y depositarán la basura en bolsas plásticas negras para material orgánico o blancas para material reciclable como se indica a continuación. Las bolsas deben ir cerradas, se pueden depositar a través del shut de basuras, siempre y cuando tengan un diámetro menor al del ducto, a fin de evitar que se obstaculice.




Con relación a la separación de las basuras en la fuente, es decir, en cada apartamento, el Acuerdo 417 de diciembre 17 2009, "Por medio del cual se reglamenta el comparendo ambiental en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones", y el Acuerdo Acuerdo 515 de diciembre 24 de 2012, que lo modifica, determinan entre otros mandatos las siguientes:

Infracciones: Artículo 4. De las infracciones. Son infracciones en contra de las normas ambientales de aseo, las siguientes (18). No disponer separadamente para su recolección, los residuos reciclables de los no reciclables.

Sanciones: Artículo 5. Las sanciones por imponerse mediante Comparendo Ambiental serán las siguientes:

(1) Citación al infractor para que reciba educación ambiental, durante cuatro (4) horas por parte de funcionarios pertenecientes a la entidad relacionada con el tipo de infracción cometida, de conformidad con lo previsto en el Decreto Reglamentario que expida el Alcalde Mayor para tal efecto

(4) Multa de hasta veinte (20) salarios mínimos mensuales vigentes por cada infracción...…, este monto depende de la gravedad de la falta, sin embargo, nunca será inferior a cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes; en los términos previstos en el Decreto Reglamentario que expida el Alcalde Mayor para tal efecto.

El texto completo de estos documentos se puede consultar en las siguientes páginas:


Por lo expuesto y para dar cumplimiento a la reglamentación, la Administración dispondrá en la recepción del Conjunto, la existencia de bolsas negras y blancas para la venta, a fin de que los residentes puedan hacer la separación de los residuos en estas bolsas antes de dejarlos en el shut de basuras.

2.   2  No se debe arrojar al shut de basuras objetos muy grandes que lo obstaculicen.
3.   3  Informar a la portería cuando esté obstruido el shut, para que se proceda a desatrancarlo.
4.   4  Las cajas de cartón, cartones, icopor, madera, plásticos, botellas, envases de vidrio y periódico deberán ser bajadas directamente y depositadas  de basuras respectivos de cada torre. No dejarlas botadas en los puntos fijos o sótanos.
5.   5 Se prohíbe botar basuras en las zonas comunes y/o dejarlas frente a la puerta de cada apartamento, salida de ascensores y/o parqueaderos.
6.   6  No se permite sacar bolsas o talegos de basura derramando líquidos que perjudican el aseo en corredores, escaleras y ascensores.
7.   7  Está prohibido arrojar escombros producidos por remodelación o adecuación de apartamentos por el shut ya que pueden dañar el ducto.
8.   8  Está prohibido bajar a los cuartos de basuras los escombros  producidos por remodelación o adecuación de apartamentos, estos tendrán que ser retirados del Conjunto por el propietario del apartamento.
9.   9  Está prohibido arrojar basuras entre las  9 p.m. y  6 a.m.
10 Las basuras no podrán ser depositadas en lugares distintos al shut de basuras  y cuartos diseñados para tal fin.
11  No Arrojar al shut de basuras objetos  muy grandes  que  los obstaculicen, tales como  las cajas de cartón, plásticos, botellas y cartones, estos deberán ser bajados directamente a los cuartos de basuras ubicados en el sótano 1 de cada torre



REGLAMENTACIÓN GIMNASIO


REGLAMENTACIÓN GIMNASIO.

1.       Para ingresar al Gimnasio se procederá a diligenciar la planilla de registro  que se encuentra en recepción, con los datos completos y  se deja constancia que esta de acuerdo y declara: “Declaro que estoy afiliado a una EPS y bajo mi responsabilidad utilizo las instalaciones y aparatos del gimnasio así mismo exonero al conjunto y a la administración por  lesiones que yo me pueda ocasionar”. Se recomienda que el usuario se haga una valoración médica para el uso del gimnasio. Igualmente se sugiere hacer un adecuado calentamiento y estiramientos antes de iniciar las rutinas de ejercicio.
2.        El vigilante recorredor será la persona encargada de abrir el gimnasio y el ultimo usuario  informara a la recepción, apagar las luces y dejarlo debidamente cerrado.
3.       El gimnasio estará disponible en el horario de 5:00 AM a 11:00 PM para residentes o invitados mayores de 15 años, con prelación de los residentes  sobre el uso de los equipos.
4.       Los daños a los equipos del gimnasio tendrán que ser sufragados por la persona que los ocasione, las maquinas deben ser utilizadas para el uso que fueron diseñadas, debe dejar las maquinas limpias después de cada ejercicio, con las toallas y spray.
5.       Las máquinas caminadoras-trotadoras no se pueden utilizar por más de 30 minutos consecutivos y hay la necesidad dejar enfriar los motores por lo menos 20 minutos según el proveedor.
6.       Respecto a los objetos personales, toallas y sudaderas la administración no se hace responsable por la perdida de estos.
7.       Está absolutamente prohibido el ingreso de mascotas al gimnasio.
8.       Está absolutamente prohibido el ingreso y/o consumo de alimentos, bebidas alcohólicas y  sustancias alucinógenas dentro del gimnasio así como el ingreso de personas en estado de embriaguez.



PROPUESTA


REGLAMENTACIÓN DEL GIMNASIO

  1. El gimnasio está destinado al uso exclusivo de los residentes y/o copropietarios del Conjunto Residencial Portal de Pontevedra I.
  2. Para ingresar al Gimnasio se procederá a diligenciar la planilla de registro  que se encuentra en recepción, con los datos completos y  se deja constancia que está de acuerdo y declara: “Declaro que estoy afiliado a una EPS y bajo mi responsabilidad utilizo las instalaciones y aparatos del gimnasio así mismo exonero al conjunto y a la administración por  lesiones que yo me pueda ocasionar”.
  3. El uso de los elementos del gimnasio y el patrón de las actividades físicas, es absoluta responsabilidad de cada usuario, teniendo en cuenta las indicaciones del Profesional de la salud tratante, (medico, fisiatra, kinesiólogo, fisioterapeuta, etc.) y el tipo de rutina de ejercicios que pueda realizar.
  4. El uso del gimnasio será bajo el propio riesgo del usuario, por lo tanto están bajo su responsabilidad las lesiones que pudiera sufrir durante el uso de las instalaciones y equipos. La Administración y el Consejo de Administración no serán responsables por los accidentes y lesiones que puedan presentarse por el mal uso de los elementos del gimnasio.
  5. El guarda recorredor será la persona encargada de abrir el gimnasio y el último usuario informará a la recepción, para apagar las luces y dejarlo debidamente cerrado.
  6. El gimnasio estará disponible en el horario de 5:00 am a 11:00 pm para personas mayores de 15 años. Los adolescentes entre los 15 y los 18 años de edad, deben estar en compañía de sus padres y/o representantes, quienes se harán responsables por el uso y práctica que hagan en el gimnasio, así como por los daños que puedan ocasionar a las instalaciones, máquinas y equipos.
  7. La administración y el Consejo de Administración no serán responsables por los daños o lesiones que pueda sufrir un menor de edad por el uso del gimnasio, siendo la responsabilidad exclusiva de sus representantes.
  8. Los daños a los equipos del gimnasio tendrán que ser sufragados por la persona que los ocasione, las maquinas deben ser utilizadas para el uso que fueron diseñadas, debe dejar las maquinas limpias después de cada ejercicio, con las toallas y spray.
  9. La administración no se hace responsable por la pérdida de objetos personales, tales como toallas, sudaderas, prendas de ropa, tulas, maletines, teléfonos celulares, etc.
  10. Está absolutamente prohibido el ingreso de mascotas al gimnasio.
  11. Está absolutamente prohibido el ingreso y/o consumo de alimentos, bebidas alcohólicas y  sustancias alucinógenas dentro del gimnasio así como el ingreso de personas en estado de embriaguez.
  12. Los residentes pueden contratar a su costo al instructor o instructores que estimen conveniente, para lo cual deben informarlo a la Administración, quien le hará entrega del presente reglamento para su conocimiento. El instructor deberá diligenciar y hacer entrega de una planilla con los nombres, torre y apartamento de los usuarios que están recibiendo su clase o asistencia durante el ejercicio. El incumplimiento en el diligenciamiento de la planilla ocasionará el llamado de atención al instructor, y en caso de persistir en no diligenciarla, la posible suspensión del instructor por parte del Consejo de Administración y la Administración.
  13. La Administración y el Consejo de Administración harán un acuerdo con los Instructores a fin de establecer el valor de la cuota correspondiente por derecho al uso de las instalaciones y los equipos del gimnasio. El dinero recibido por este concepto será empleado en el mantenimiento del gimnasio, compra y/o reposición de los equipos.
  14. En todos los casos, los usuarios del gimnasio deberán hacerlo de manera que no causen molestia a los demás residentes del conjunto, para lo cual podrán hacer uso de sistemas de reproducción de sonido, el teatro en casa, y el televisor, con volumen moderado.
  15. Los elementos que se utilizan en el gimnasio, que son de propiedad del Conjunto, tales como bancos, pesas, barras, mancornas, TRX, bandas, colchonetas, bicicletas estáticas, elípticas, tulas de box, guantes de box, conos, entre otros, están debidamente marcados con placa de inventario, y no deben ser retirados de las instalaciones del gimnasio por los usuarios ni por los instructores
  16. Las bandas elásticas, los TRX, tulas de box, guantes de box, conos y mancornas, permanecerán guardados en el cuarto que se encuentra en el gimnasio, a fin de prevenir daños o pérdida de los mismos. Estos elementos podrán ser utilizados únicamente con acompañamiento del instructor contratado por los usuarios, dando previo aviso a la Administración, a fin de verificar el inventario de los mismos una vez que han sido utilizados.

REGLAMENTACIÓN PARA EL USO DE LAS MÁQUINAS ELÍPTICAS

  1. Solicitar al personal de vigilancia, la planilla para el uso del gimnasio, y registrar en la misma el uso de la máquina que va a utilizar. Cada máquina tiene un código dado por el Conjunto, debe indicarse el número de la máquina que se utiliza
  2. Firmar la planilla de uso del equipo con la hora de inicio del ejercicio y la hora de finalización. La firma de la planilla implica conocimiento y aceptación del reglamento de uso del gimnasio y de estas directrices
  3. Tener en cuenta que el gimnasio está siendo monitoreado con cámaras de video
  4. Leer el manual de instrucciones “computador de pulso” que se encuentra en el aviso que se encuentra frente a las máquinas
  5. Si ocurre un daño a la máquina durante la ejecución del ejercicio, debe informarse de inmediato a la vigilancia, y debe registrarse la novedad en la minuta del personal de vigilancia
  6. Debe tenerse en cuenta que las máquinas son susceptibles de daños por uso normal o desgaste, pero también pueden dañarse por mal uso, en este caso, se cobrará el valor del mantenimiento causado a quien hizo uso de la máquina por última vez, razón por la cual es importante que el usuario indique cualquier daño detectado antes de iniciar el ejercicio y lo registre en la minuta, para que dicho daño no se le cobre al usuario que no lo ha causado
  7. Las máquinas elípticas no deben ser utilizadas por personas cuyo peso exceda los 80 kg.



CAPÍTULO IX,
PARQUEADERO DE RESIDENTES
PARQUEADERO DE VISITANTES

PROPUESTA


CAPÍTULO IX
(ADICIONAR) 
USO DEL BICICLETERO

Los residentes podrán hacer uso del bicicletero siempre y cuando acojan las siguientes recomendaciones.

1.     1. Toda bicicleta que se vaya a dejar en el bicicletero debe identificarse con una ficha plástica que cuenta con un número. Este sistema constituye la identificación y registro de la bicicleta ante la Administración del Conjunto. Al momento del registro, la Administración le hará entrega de una ficha plástica, un amarre plástico y un llavero con el mismo número de identificación de la ficha.
2.     2. Es responsabilidad del residente colocar la respectiva ficha a su bicicleta.
3.     3. Las bicicletas deben ser dejadas con su respectiva guaya o candado, a fin de prevenir el hurto.
4.     4. El dueño de la bicicleta es el responsable de mantenerla en buenas condiciones y limpia, evitando todo estado de abandono de la misma
5.     5. Al retirar la bicicleta del Conjunto, el Residente debe entregar al guarda del parqueadero el llavero asociado a la ficha. Una vez que vaya a reingresar la bicicleta, el guarda le devolverá el respectivo llavero. Este es el sistema implementado para prevenir el hurto de las bicicletas.

A partir del 01 de julio de 2014, la Administración del Conjunto podrá disponer de aquellas bicicletas que se encuentren en el bicicletero sin la respectiva ficha de identificación, a fin de donarlas a instituciones que puedan hacer uso de ellas de manera útil.






MULTAS (Actual)
Infracción por :
Multa
 # Salarios
No recoger suciedad de mascota
S.M.L.V. Diario
4  CUATRO
Extender ropa en balcones y terrazas
S.M.L.V. Diario
5  CINCO
Tener desorden y objetos no permitidos en la terraza
S.M.L.V. Diario
5  CINCO
Lavado de carro en el parqueadero, y hacer mecánica
S.M.L.V. Diario
5  CINCO
Perturbar la tranquilidad y descanso de los residentes en la sede  social y en zonas comunes y apartamentos a partir de la 10 pm
S.M.L.V. Diario
10 DIEZ
Utilizar  los  parqueaderos de visitantes por parte de los residentes
S.M.L.V. Diario x día
2  DOS
Bodegaje por colocar objetos en el parqueadero
S.M.L.V. Diario x día
1  UNO
Situación que se presente y sea reportada a la administración por los afectados, y consignada en la minuta de vigilancia, con relación al mal manejo de las mascotas.
S.M.L.V. Diario x cada evento registrado
1 UNO


PROPUESTA
Adicionar las siguientes multas

Infracción por :
Multa
 # Salarios
Situación que se presente y sea reportada por la administración, por los afectados, o por los residentes, y consignada en la minuta de vigilancia, con relación a daños sobre elementos de la copropiedad, hechos de vandalismo en áreas comunes o en apartamentos
S.M.L.V. Diario + el costo de las reparaciones a que haya lugar
5  CINCO
El no cumplimiento de la separación de los residuos sólidos en la fuente por parte de los copropietarios y residentes. Situación que se presente y sea reportada por la administración, por los afectados, o por los residentes, y consignada en la minuta de vigilancia.
S.M.L.V. Diario por cada evento registrado
5  CINCO

1 comentario:

  1. El texto completo del Manual de Convivencia, se encuentra publicado en este blog. Favor verificar entrada de marzo de 2013

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